PUESTA EN PRACTICA DEL PROGRAMA INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA
PREVENIR Y REPARAR CASOS DE SUSTRACCION INTERNACIONAL DE MENORES POR UNO DE SUS
PADRES.
EL CONSEJO DIRECTIVO,
VISTO
La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de 1989;
El informe anual del Instituto Interamericano del Niño;
La Resolución AG/RES.2028 (XXXIV-O/04) “Programa Interamericano de Cooperación
para Prevenir y Reparar Casos de Sustracción Internacional de Menores por uno
de sus Padres”, por la cual la Asamblea General hace suyo el citado Programa,
en adelante “Programa Interamericano de Cooperación SIM”, conforme al documento
AG/doc.4343/04;
La Convención de la Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción
Internacional de Menores, del 25 de Octubre de 1980, y la Convención
Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, del 15 de Julio de
1989, en adelante “Las Convenciones”;
CONSIDERANDO
Que la Resolución AG/RES.2028 (XXXIV-O/04)ha considerado la necesidad de poner en práctica el Programa
Interamericano de Cooperación SIM, instando a los Estados miembros de la OEA a
que promuevan su aplicación e invitando al Instituto Interamericano del Niño a
otorgar su apoyo técnico, en particular coordinando sus acciones con la
Autoridades Centrales de aplicación de las Convenciones;
CONSIDERANDO, asimismo,
Que el Plan de Acción de la III Cumbre de las Américas, celebrada en Québec,
Canadá, en abril de 2001 manifestó la voluntad para profundizar la cooperación
para prevenir y reparar casos de sustracción internacional de menores por uno
de sus padres;
Que el programa Interamericano de Cooperación SIM dispone que se realicen
reuniones de expertos gubernamentales, con la participación de las Autoridades
Centrales de aplicación de las Convenciones.
RESUELVE
Exhortar nuevamente a los Estados miembros a firmar, ratificar, aceptar o
adherirse, según sea el caso, a las Convenciones y a los Estados que sean Parte
de las Convenciones o de alguna de ellas, a que designen y pongan en efectivo
funcionamiento a las Autoridades Centrales correspondientes.
Solicitar al DirectorGeneral que invite a las Autoridades Centrales a una Primera Reunión en la
sede del IINpara poner en práctica el Programa
Interamericano de Cooperación SIM, en el primer semestre del año 2005, sujeta a
la disponibilidad de recursos en el Programa Presupuesto del IIN para el año
2005.
Encomendar al Director General que proponga un proyecto de agenda para la
Primera Reunión de Autoridades Centrales que de inicio a la reunión prevista
para el Programa Interamericano de Cooperación SIM; y que se lo haga circular
con anterioridad a esa Reunión para la consideración de los Estados
miembros.
Instar a los Estados miembros para que se hagan representar en la citada
Reunión, en particular,a través de las Autoridades Centrales.
Solicitar al IIN que invite a participar, como observadores, representantes de
otras organizaciones internacionales y regionales, así como especialistas y
organizaciones de la sociedad civil interesadas en la materia.
Solicitar al Director General que transmita oportunamente al Consejo Permanente
los resultados de la Primera Reunión de Autoridades Centrales para la puesta en
aplicación del Programa Interamericano de Cooperación SIM, y que los mismos
sean incluidos en el informe a la Asamblea General en su Trigésimo Quinto
período ordinario de sesiones.