CONVENIO ENTRE LA SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL DE
LA REPUBLICA DE GUATEMALA Y
EL INSTITUTO INTERAMERICANO DEL NIÑO


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La Secretaria de Bienestar Social de la Presidencia de la República de Guatemala, señora María Virginia Midence Sandoval, personería que acredito con copia certificada del Acuerdo Gubernativo número treinta y seis (36) de fecha veintiséis de enero del año dos mil cuatro y acta de toma de posesión del cargo número veintiocho guión dos mil cuatro (28-2004) de la misma fecha, asentada en el Libro de Actas número L dos (2) dos mil setecientos veintitrés (2,723) de la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, a folio mil novecientos setenta y nueve (1979), autorizado por la Contraloría General de Cuentas con fecha veintidós de enero del año dos mil cuatro, y el Director General del Instituto Interamericano del Niño, Licenciado Alejandro Bonasso Lenguas, acreditando su calidad de tal mediante acuerdo de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, suscrito con fecha 24 de enero de 2000, así como la oferta y aceptación de empleo 09-00,  suscriben el presente Convenio, sujeto a los considerandos y cláusulas siguientes: 

CONSIDERANDO: 

Artículo 1. 

Que el Instituto Interamericano del Niño (en adelante IIN) es un Organismo Especializado de la Organización de los Estados Americanos, creado por resolución del Cuarto Congreso Panamericano del Niño de 1924 y fundado en 1927, para promover programas de cooperación entre los países del Continente Americano destinados a mejorar las condiciones de los niños, las niñas, la juventud y la familia en los aspectos sanitarios, educativos, sociales, culturales y jurídicos. 

Artículo 2.  

Que la Secretaría de Bienestar  Social de la Presidencia de la República de Guatemala es una institución de larga historia en el otorgamiento de servicios de asistencia social a la población más necesitada, cuya misión oficial es proyectarse como la institución líder que incorpore la protección integral de la niñez y la juventud a la agenda de prioridades nacionales. 

Artículo 3.  

Que la República de Guatemala ratificó la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. 

Artículo 4. 

Que la Secretaría de Bienestar Social y el IIN han desarrollado en la última década una serie de acciones conjuntas, entre las que podemos destacar la instalación del Centro Nacional de Información sobre Niñez y Familia en la misma institución (que maneja información de organizaciones, de proyectos y de documentos sobre derechos del niño en especial de la región y de la que son usuarios más de 12.000 organizaciones)  y la instalación del Sitio de Coordinación de Acciones en favor de la Infancia y la Adolescencia. 

Artículo 5. 

Que el IIN, en el marco del Plan Estratégico 2000-2004 aprobado por su Consejo Directivo, ha desarrollado a través de su Programa Interamericano de Información sobre Niñez y Familia – PIINFA, un conjunto de herramientas orientadas a promover información sobre los derechos del niño, tanto para niños como para aquellos que trabajan con ellos. 

Artículo 6.  

Que entre los productos desarrollados podemos destacar: videos con animación (interpretados por cantantes de diversos países de la región) que están siendo emitidos en más de 100 canales de televisión abierta y cable de la región, libros sobre los derechos del niño orientados a niños (digitalizados), canciones sobre los derechos consagrados por la Convención sobre los Derechos del Niño y  videojuegos interactivos sobre derechos del niño. 

Artículo 7. 

Que en respuesta a gestiones realizadas por el IIN con el apoyo de la Secretaría General de la OEA, el Embajador de la República de Corea acreditado ante la OEA, ha informando sobre la voluntad de donar equipos de computación para ser instalados en los Centros que tiene a su cargo la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, a razón de uno o a lo sumo dos por centro.

Las partes acuerdan lo siguiente: 

CLAUSULA 1 - OBJETIVOS 

El presente Convenio tiene por objetivo fijar las bases para la instalación y uso de microcomputadores con fines didácticos y de difusión de la Convención sobre los Derechos del Niño. 

CLÁUSULA  2 - TERMINOS 

Artículo 1. 

El IIN a través de la República de Corea entregará a la Secretaría de Bienestar Social 50, microcomputadores Pentium IV, con parlantes, pantalla, modem y lectora de CD-ROM y DVD, puestos en Guatemala. 

Artículo 2. 

El IIN se encargará de proveer el paquete de herramientas de carácter didáctico desarrollado en forma digital por el IIN, para ser instalado antes de su entrega  en los equipos de modo que pueda ser usado en los centros que la Secretaría de Bienestar Social defina e informe al IIN. 

Artículo 3. 

La Secretaría de Bienestar Social se responsabilizará de la recepción, trámites y del adecuado traslado, instalación, uso y mantenimiento de los equipos que se les entregue garantizando estos aspectos para el período de duración del presente Convenio.

Artículo 4.

El IIN evaluará dentro de los seis primeros meses de instalados los equipos, el impacto de esta donación y seguirá incorporando a los mismos la tecnología y los instrumentos que siga desarrollando.  

Artículo 5. 

La Secretaría de Bienestar Social asegura que el uso del equipamiento informático así como la tecnología que se le incorpore, serán utilizados únicamente para los fines establecidos en el presente Convenio.

Artículo 6.        

La Secretaría de Bienestar Social dará difusión de estas  acciones desarrolladas por el IIN, como Organismo Especializado de la OEA y por el Gobierno de la República de Corea.

CLAUSULA 3 - DISPOSICIONES FINALES  

El presente Convenio entrará en vigencia al ser firmado por las partes y tendrá una validez de veinticuatro (24) meses.

EN FE DE LO CUAL,  los representantes de las Partes, debidamente autorizados al efecto, firman el presente Convenio en dos ejemplares de igual tenor y validez, el día  ....8............ de ....marzo............ del año 2004.

 

 

        María Virginia Midence Sandoval                             Alejandro Ricardo Bonasso Lenguas
        Secretaria de Bienestar Social                                Director General del IIN
Presidencia de la República de Guatemala

 

El Director General del IIN firma "ad-referendum" del Consejo Directivo del IIN.