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                                            PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

                                      Secretaría Especial de Derechos Humanos

 

ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Nº 001 /2004

Exp. Nº 00004.0000294/2003-17

Acuerdo de Cooperación Técnica celebrado entre la UNIÓN, por intermedio de la SECRETARÍA ESPECIAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, y el INSTITUTO INTERAMERICANO DEL NIÑO, con el objetivo de asegurar entre las partes el intercambio y la cooperación para el desarrollo de políticas a favor de la infancia, la adolescencia y la familia en Brasil.

LA UNIÓN, por intermedio de la SECRETARÍA ESPECIAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, inscrita en el CNPJ/MF con el nº 05.478.625/0001-87, con sede en la ciudad de Brasilia – DF, Explanada de los Ministerios, Bloque “T”, Anexo II, 4º piso, Brasilia – en adelante denominada SEDH, representada en este acto por el señor NILMÁRIO DE MIRANDA, SECRETARIO ESPECIAL DE DERECHOS HUMANOS, con domicilio en SQS 316, Bloque C, apto. 303 - Asa Sul, CEP 70387-030, Brasilia – DF, titular del documento de identidad nº M 895.158 expedido por la SSP/MG, y registrado en el CPF/MF bajo el nº 253.803.036-68, designado por Decreto del 1º de enero de 2003, y el INSTITUTO INTERAMERICANO DEL NIÑO, organismo especializado de la Organización de los Estados Americanos – OEA, creado en 1924 por una resolución del Cuarto Congreso Panamericano del Niño y establecido en 1927, con sede en la Av. 8 de Octubre 2904 – Montevideo – Uruguay, en adelante denominado IIN, representado por el señor Alejandro Bonasso Lenguas, Licenciado, Director General, con domicilio en la Av. 8 de Octubre 2904 – Montevideo - Uruguay, CEP 11600, titular del documento de identidad nº 807357-8 expedido por la DNIC - Uruguay, resuelven celebrar el presente Acuerdo de Cooperación Técnica, teniendo para ello en cuenta, en lo que correspondiere, el contenido de la Ley nº 8.666 del 21 de junio de 1993 y sus enmiendas posteriores y del Decreto nº 93.872 del 23 de diciembre de 1986, así como de las demás normas aplicables en la materia, estableciendo los siguientes términos y condiciones:

ARTÍCULO PRIMERO – OBJETO 

El objeto del presente instrumento es asegurar entre la SEDH y el IIN la cooperación y el intercambio para el desarrollo de políticas y acciones a favor de la infancia, la adolescencia y la familia en Brasil.  

ARTÍCULO SEGUNDO – EJECUCIÓN 

            A los fines de la ejecución del presente Acuerdo de Cooperación Técnica, las partes uniformarán de común acuerdo las acciones previstas en este instrumento.  

            Párrafo 1 – Para cumplir el objeto del presente instrumento, las actividades que se desarrollen de acuerdo con sus disposiciones estarán especificadas en Términos de Referencia que elaborará cualquiera de las partes, sometiéndolos a la aprobación y aceptación de la otra parte.  

            Párrafo 2 – Los Términos de Referencia describirán en forma pormenorizada las actividades a desarrollar, sus cronogramas de ejecución y sus objetivos, identificando los aportes técnicos, financieros, de recursos humanos y otros que serán responsabilidad de cada una de las partes.  

            Párrafo 3 – Siempre que se considere necesario, las partes crearán grupos de trabajo para estudiar la naturaleza, profundidad y alcance de los programas y actividades cuya implementación se prevé. 

ARTÍCULO TERCERO - OBLIGACIONES 

I – La SEDH tendrá a su cargo:  

  1. la elaboración y propuesta, a través de la SPDCA, de los Términos de Referencia que correspondan a su área de interés, definiendo las acciones, actividades y objetivos que se llevarán a cabo durante el año que corresponda;

  2. el análisis y la aprobación, una vez evaluadas las condiciones para su cumplimiento, de los Términos de Referencia propuestos por el IIN;

  3. apoyar y colaborar en el cumplimiento de las actividades previstas en los Términos de Referencia que emanen del presente Acuerdo de Cooperación;

  4. dar cumplimiento, ya sea en forma directa o mediante su delegación en terceros, a las obligaciones que le asignen los Términos de Referencia que emanen del presente Acuerdo de Cooperación;

  5. la articulación y el respaldo de otras instituciones que operen en el país, como forma de fortalecer la cooperación;

  6. la propuesta, cuando fuera necesario, de modificaciones a los Términos de Referencia;

  7. la evaluación de los trabajos realizados, y

  8. la divulgación, en forma conjunta con el IIN, de las acciones y resultados que deriven del presente Acuerdo de Cooperación Técnica.

II – El IIN tendrá a su cargo: 

  1. la elaboración y propuesta de los Términos de Referencia que correspondan a su área de interés, definiendo las acciones, actividades y objetivos que se llevarán a cabo durante el año que corresponda;  

  2. el análisis y la aprobación, una vez evaluadas las condiciones para su cumplimiento, de los Términos de Referencia propuestos por la SPDCA;  

  3. apoyar y colaborar en el cumplimiento de las actividades previstas en los Términos de Referencia que emanen del presente Acuerdo de Cooperación;

  4. dar cumplimiento, ya sea en forma directa o mediante su delegación en terceros, a las obligaciones que le asignen los Términos de Referencia que emanen del presente Acuerdo de Cooperación; 

  5. la articulación y el respaldo de otras instituciones que operen en la región de las Américas como forma de fortalecer la cooperación;  

  6. la propuesta, cuando fuera necesario, de modificaciones a los Términos de Referencia;  

  7. la evaluación de los trabajos realizados, y 

  8. la divulgación, en forma conjunta con la SPDCA, de las acciones y resultados que deriven del presente Acuerdo de Cooperación Técnica.  

ARTÍCULO CUARTO – DIVULGACIÓN  

           Toda transmisión o divulgación de las acciones y resultados previstos en el presente Acuerdo de Cooperación Técnica, incluyendo la impresión  y publicación de material institucional, deberá ser aprobada por las partes, garantizando asimismo la utilización de sus respectivos logotipos oficiales.  

ARTÍCULO QUINTO – RECURSOS FINANCIEROS 

El presente Acuerdo de Cooperación Técnica no dará lugar a la transferencia de recursos financieros entre las partes.

ARTÍCULO SEXTO – MODIFICACIONES 

El presente Acuerdo de Cooperación Técnica solamente podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes mediante la celebración del Acuerdo Complementario que corresponda. 

ARTÍCULO SÉPTIMO – RESCICIÓN 

Las partes podrán rescindir el presente Acuerdo de Cooperación Técnica con un preaviso mínimo de 30 (treinta) días, independientemente de la indemnización, compensación, multa de cualquier tipo, demanda o notificación judicial o extrajudicial a que haga lugar la legislación vigente.  

ARTÍCULO OCTAVO – VALIDEZ 

El presente Acuerdo de Cooperación Técnica tendrá una duración de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo ser prorrogado mediante un Acuerdo Complementario por mutuo acuerdo de las partes.  

ARTÍCULO NOVENO – PUBLICACIÓN 

El presente instrumento se publicará en forma resumida en el Diario Oficial de la Unión dentro de los 20 (veinte) días siguientes a su suscripción, haciéndose cargo la Secretaría Especial de Derechos Humanos de la Presidencia de la República de los gastos que ello genere.  

ARTÍCULO DÉCIMO – MARCO LEGAL 

A los efectos de dirimir cualquier conflicto surgido de la ejecución del presente ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA que no pueda resolverse por medio de la mediación administrativa, las partes acuerdan someterse a la decisión de los tribunales de la Justicia Federal del Distrito Federal, de conformidad con el inciso I del artículo 109 de la Constitución Federal.

En testimonio de lo cual, las partes suscriben el presente instrumento en dos ejemplares de igual forma y contenido, en la presencia de los testigos abajo firmantes, a todos los efectos jurídicos y legales que corresponda.

 

Brasilia, 9  de marzo  de 2004

 

 

NILMÁRIO DE MIRANDA

ALEJANDRO BONASSO LENGUAS

Secretario Especial de Derechos Humanos

Director General del Instituto Interamericano del Niño

TESTIGOS:

NOMBRE:
RG:
CPF:

NOMBRE:
RG:
CPF:

NOMBRE:
RG:
CPF:

 

 

Última página de los Términos de Cooperación Técnica entre la SEDH y el Instituto Interamericano del Niño – Processo n.º 0004.0000394/2003-17

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PRIMER TÉRMINO DE REFERENCIA –2004

 

 

ESTABLECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE INFANCIA, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Y

CREACIÓN DEL CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE INFANCIA, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

 

 

 

 

 

COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL INSTITUTO INTERAMERICANO DEL NIÑOY LA SECRETARÍA ESPECIAL DE DERECHOS HUMANOS
TCT Nº     001 /2004

1. RESUMEN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN

            El día 9 de marzo de 2004, la Secretaría Especial de Derechos Humanos de la Presidencia de la República (SEDH) y el Instituto Interamericano del Niño (IIN) suscribieron el Acuerdo de Cooperación Técnica – TCT nº  001 /2004 con la finalidad de desarrollar políticas y acciones a favor de la infancia, la adolescencia y la familia en Brasil. Ambos organismos reconocen en forma explícita la necesidad de establecer y consolidar sistemas nacionales y regionales de información que proporcionen datos sobre la situación de la infancia y la adolescencia a los efectos de fundamentar la toma de decisiones, definir y evaluar políticas e informar a la sociedad.  

Además de compartir percepciones similares con respecto a la necesidad de crear los mencionados “sistemas de información”, tanto la SEDH como el IIN ya se han ocupado de estos aspectos en los hechos mediante el desarrollo, en sus respectivos ámbitos de actividad, de proyectos orientados a la sistematización de informaciones relativas al área de la infancia y la adolescencia. Como ejemplos de tales acciones pueden citarse el Sistema de Información para la Infancia y la Adolescencia– SIPIA – y la Red de Información sobre Violencia Sexual contra Niños y Adolescentes – RECRIA – ejecutadas y respaldadas por la SEDH/Subsecretaría para la Promoción de los Derechos del Niño y del Adolescente (SPDCA), y la Red Interamericana de Información sobre Infancia y Adolescencia– RIIN – coordinada por el Instituto Interamericano del Niño.  La cooperación que se acaba de establecer representa un avance en los proyectos desarrollados por ambos organismos.

2.  JUSTIFICACION Y OBJETIVO DEL PRIMER TÉRMINO DE REFERENCIA

El Acuerdo de Cooperación Técnica, en su Artículo Segundo, párrafos 1 y 2, y en su Artículo Tercero, prevé la elaboración de Términos de Referencia, la que será responsabilidad del IIN y de la SPDCA. 

El presente Término de Referencia tiene por finalidad la creación del Centro Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia - en adelante denominado Centro -, el cual constituirá un punto focal de la Red Interamericana de Información sobre Infancia y Adolescencia - RIIN – y actuará como Centro Coordinador de la Red Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia que se establecerá en Brasil a partir de la creación del Centro, articulando asimismo otras iniciativas y organizaciones ya existentes en el país vinculadas a la producción, sistematización y divulgación de información sobre infancia, adolescencia y familia.

3. RED INTERAMERICANA DE INFORMACIÓN SOBRE INFANCIA Y ADOLESCENCIA - RIIN 

            La Red Interamericana de Información sobre Infancia y Adolescencia – RIIN – comenzó sus actividades en 1987 y forma parte del Programa de Información del Instituto Interamericano del Niño – PIINFA. En el marco de este Programa se implementan varios proyectos para la recopilación, análisis y distribución de información sobre diversas áreas vinculadas a la infancia. Esta estrategia se desarrolla a través de instituciones de referencia en cada país, a las que el IIN invita a actuar como Centros Focales de la Red y que, a su vez, se articulan con otras organizaciones nacionales que también pasarán a formar parte integrante de la Red como Sub-centros Focales.

El objetivo de la RIIN es seleccionar, analizar y difundir información documental sobre instituciones y proyectos relacionados con la infancia, la adolescencia y la familia, desarrollando la cultura del uso de la información en la región de las Américas. Actualmente la Red abarca 18 países e incluye 60 Centros de Información.

Los beneficiarios de la RIIN son los niños y adolescentes en situación de pobreza extrema y vulnerabilidad social en el continente. Los usuarios de los servicios y proyectos que la integran constituyen un amplio espectro de responsables por la toma de decisiones, ejecutores de políticas públicas, profesionales, académicos, educadores e instituciones públicas y privadas de atención a los niños y adolescentes.

A través de la Red se promueve la democratización del acceso y del uso de la información en las Américas, así como el intercambio horizontal de experiencias.

Entre los principales productos de información que proporciona la RIIN se destacan: 

  •     Páginas Amarillas: guía especializada de instituciones que trabajan con niños y adolescentes dentro del Sistema Interamericano. Se puede acceder a ella en la página Web del IIN http://www.iin.oea.org ;

  •     Páginas Verdes: listado de proyectos innovadores ejecutados en la región de las Américas. Se puede acceder al mismo en la página Web del IIN.

  •     Base de datos: formada por 75.000 referencias documentales, 1.000 proyectos y 11.500 instituciones. 

Dentro de la dinámica operativa de la RIIN los Centros y Sub-centros nacionales recopilan y seleccionan informaciones con las que alimentan las bases de datos locales mediante el uso de una herramienta común proporcionada gratuitamente por el  IIN -el software OPD (Organizaciones, Proyectos y Documentos)- lo que garantiza la aplicación del mismo enfoque sistemático para la clasificación de dicha información. Los Sub-centros remiten periódicamente sus datos a los Centros vía Internet, los que a su vez los hacen llegar al Centro Coordinador ubicado en el Instituto Interamericano del Niño, el cual los distribuye a toda la Red transfiriendo la actualización de la base de datos a los Centros Nacionales. 

Además del Centro y los Sub-centros de Información, las Redes Nacionales también cuentan con Centros Usuarios en los que la información se encuentra a disposición del público mediante un mecanismo de consulta de la base de datos instrumentado por palabras clave, disponiéndose de un glosario con cerca de 600 términos que se utiliza para la clasificación de los documentos y otras informaciones. Este glosario se encuentra actualmente disponible en inglés y español.

4. CARACTERISTICAS DE LA RED Y DEL  CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE INFANCIA, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

            La Red Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia que se establecerá en Brasil a partir de la puesta en vigencia del presente Término de Referencia estará configurada durante 2004 por los siguientes elementos mínimos:  

·         01 Centro Nacional de Información: bajo la conducción de la Secretaría Especial de Derechos Humanos / Subsecretaría para la Promoción de los Derechos del Niño y el Adolescente - SEDH/SPDCA;
·         01 Sub-centro Focal: bajo la conducción de una institución seleccionada por la SEDH/SPDCA.
·         01 Centro Usuario: bajo la conducción de una institución seleccionada por la SEDH/SPDCA.

Dentro del período de referencia, o en los períodos subsiguientes en etapas posteriores del desarrollo de la Red, se podrán implementar otros Sub-centros Focales y Centros Usuarios bajo la coordinación de la SEDH/SPDCA.

El Centro Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia constituirá la primera etapa de la Red Nacional y tendrá los cometidos siguientes:

  • recopilar, seleccionar y sistematizar toda la información y documentación producida en Brasil sobre la infancia, la adolescencia y la familia con relación a las áreas jurídica, social, educativa, de prevención de drogodependencia y salud, aplicando como marco de referencia la Convención sobre los Derechos del Niño;

  • recopilar, seleccionar y sistematizar toda la información de referencia existente sobre instituciones, proyectos y eventos vinculados al punto anterior;

  • difundir en Brasil la información sobre infancia, adolescencia y familia que se genere en el país y que se obtenga a través de la RIIN, así como la documentación proveniente de fuentes externas al Sistema Interamericano que contribuya, directa o indirectamente, a mejorar la calidad de vida de los niños, adolescentes y familias brasileras;

  • remitir periódicamente al Centro de Información y Coordinación del IIN la información y documentación recopilada por el Centro, a los efectos de actualizar las bases de datos comunes y ponerlas a disposición de todos los usuarios del Sistema en la región de las Américas;

  • a partir del segundo semestre de 2004, facilitar a los usuarios de la RIIN, tanto en Brasil como en los demás países que integran la Red, copias de la documentación original recopilada por el Centro.

5.  IMPLEMENTACION

5.1. Etapa 1: Planificación general

Objetivo: determinar los pasos metodológicos y la logística de las acciones necesarias para la creación del Centro Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia y  el establecimiento de la Red Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia.

Producto: aprobación del Primer Término de Referencia.

5.1.1. Envío del proyecto del presente Término de Referencia al IIN para el análisis del correspondiente Plan de Trabajo;

5.1.2. Reunión entre técnicos de la SEDH/SPDCA y del IIN para analizar, ajustar y aprobar el Término de Referencia.

5.2. Etapa 2: viabilidad de los requisitos operativos

Objetivo: cumplimiento de los requisitos físicos, materiales, tecnológicos y humanos previos a la creación de la Red y del Centro Nacionales de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia. 

Producto: definición y puesta a disposición de los recursos por las partes.

5.2.1. A cargo de la SEDH-SPDCA

  • asignación de un espacio físico adecuado;

  • definición de la coordinación y equipo integrante del Centro;

  • suministro del hardware adecuado;

  • determinación de la asociación con la institución que será Sub-centro Focal a nivel nacional.

5.2.2. A cargo del IIN 

  • soporte técnico para el área informática;

  • programa de capacitación para el Coordinador del Centro Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia (Montevideo – Uruguay).

5.2.3. Responsabilidad compartida

  •  traducción del español al portugués del Glosario de Palabras Clave y del software OPD

5.3. Etapa 3: instalación del Centro Nacional

Objetivo: dar inicio a las actividades del Centro y de la Red Nacionales de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia

Producto: instalación y funcionamiento experimental del Centro.

5.3.1. A cargo de la SEDH/SPDCA

  • Comienzo de los procesos de recopilación, selección y sistematización de documentos e informaciones;

  • Inicio del funcionamiento del OPD, alimentando la base de datos y realizando pruebas de conectividad para su envío al IIN;

  • Convenio con una institución asociada nacional (Sub-centro Focal) para la migración de datos de la RECRIA a la RIIN.

5.3.2. A cargo del IIN

  • Instalación del software OPD;

  • Soporte técnico y colaboración in situ en las actividades iniciales del Centro Nacional (Brasilia-DF).

5.4. Etapa 4: instalación del Sub-centro Focal y del Centro Usuario

Objetivo: dotar a la Red Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia de las condiciones operativas necesarias para el adecuado desempeño de sus cometidos.

Producto: instalación de la configuración mínima de la Red nacional y confirmación de su funcionamiento satisfactorio.

5.4.1. A cargo de la SEDH/SPDCA

  • Convenio con un asociado nacional para la creación del Sub-centro Focal de la RIIN y del Centro Usuario.

  • Envío regular al IIN del contenido de la base de datos nacional, de las Páginas Amarillas y  de las Páginas Verdes, así como de copias impresas de sus archivos originales.

  • Contactos para la ampliación de la Red mediante la creación de nuevos Sub-centros Focales y Centros Usuarios en Brasil.

5.4.1. A cargo del IIN

  • Soporte técnico en materia informática.

  • Suministro regular del contenido de las bases de datos actualizadas de los demás Centros de la Red.

6.  EVALUACION

Objetivo: colaborar en el establecimiento del Centro y la Red Nacionales de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia, identificando aquellos aspectos que lo faciliten o lo dificulten con el fin de proporcionar información de utilidad para la toma de decisiones.   

Producto: Informe de evaluación 2003/2004. 

Responsables: SEDH/SPDCA e IIN.

PLAN DE ACCIÓN

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

FECHA / PERÍODO

OBS.

 

ETAPA 1

 

Planificación global

 

 

Producto:
Aprobación del Primer Término de Referencia

Envío al IIN del informe sobre el  Primer Término de Referencia

SPDCA

Octubre/03

* Conjuntamente con el informe sobre el Acuerdo de Cooperación Técnica

Contactos por teléfono y correo electrónico para el análisis del Primer Término de Referencia

Técnicos de la SEDH/SPDCA y del IIN

Octubre-noviembre/03

 

Reunión entre técnicos de la SEDH / SPDCA  y del IIN para ajustar y aprobar el Primer Término de Referencia

Técnicos de la SEDH/SPDCA y del IIN

En ocasión de suscribirse el Acuerdo de Cooperación Técnica

 

 

ETAPA 2

 

Viabilidad de los requisitos operativos

 

 

 

Producto: definición y puesta a disposición de los recursos por parte de las instituciones asociadas

Reunión de gerentes de la SPDCA para definir la asignación de recursos y equipos para el Centro

SEDH/SPDCA

Diciembre/03 – febrero/04

 

Desarrollo de la versión en portugués del OPD

IIN

Marzo-abril/ 04

 

Capacitación del Coordinador de la Red Nacional

IIN

Abril 04
(01 semana)

* Se realizará en Montevideo / Uruguay (por cuenta del IIN)

Traducción del Glosario de Palabras Clave

Técnicos de la SEDH/SPDCA y del IIN

 

Abril 04

(2 semanas)

Montevideo / Uruguay (por cuenta del IIN)


 

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

FECHA / PERÍODO

OBS.

 

Etapa 3

 

Instalación del Centro Nacional de Información sobre Infancia, Adolescencia y Familia

 

Producto: instalación y funcionamiento experimental del Centro

Inicio de las actividades del Centro Nacional

SEDH/SPDCA

Abril 04

 

Convenio con un asociado nacional para la migración de los datos de la RECRIA

SEDH/SPDCA

Abril 04

 

Instalación del OPD y de la base de datos ya existente de la RIIN en los equipos de la  SPDCA

IIN

Abril 04

 

Soporte técnico  al comienzo de las actividades del Centro Nacional

IIN

Abril 04

(01 semana)

* En Brasilia-DF. El IIN costeará el viaje de su equipo

 

Etapa 4

 

Establecimiento del Sub-centro Focal y del Centro Usuario

 

Producto: instalación de la configuración mínima de la Red y verificación de su funcionamiento satisfactorio

 

Convenio con un  asociado nacional para el establecimiento del  Sub-centro Focal y del Centro Usuario

SEDH/SPDCA

Mayo 04

 

Comienzo del envío rutinario al IIN del contenido de la base de datos nacional

SEDH/SPDCA

Julio 04

Frecuencia trimestral

Comienzo del envío rutinario al IIN de las “Páginas Amarillas” y las “Páginas Verdes”

SEDH/SPDCA

Setiembre 04

Frecuencia semestral

Soporte técnico en el área informática

IIN

Marzo – diciembre/04

 

  

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

FECHA / PERÍODO

OBS.

 

EVALUACIÓN

 

Producto:

Informe de Evaluación 2004

 

 

Análisis y aplicación de la metodología de evaluación

 

SEDH/SPDCA e IIN

 

Noviembre-diciembre/04