CONSIDERANDO:
Que
el Instituto Colombiano de Familiar y el Instituto Interamericano del Niño
firmaron un Acuerdo de Cooperación el 9 de mayo de 2001.
Que
el Instituto Interamericano del Niño ha producido en el marco de su
Programa Interamericano de Información sobre Niñez y Familia, videos
promocionales relacionados a la Convención sobre los Derechos del Niño.
Que
el Consejo Directivo del Instituto Interamericano del Niño en su 77ª
Reunión resolvió CD/RES. 14(77-R/02) instar a los países de la Región
a colaborar con la producción de nuevos videos y que en la Resolución
CD/RES. 06 (78-R/03) de la 78ª Reunión del Consejo Directivo y en el
marco del agradecimiento a los gobiernos de España, México y República
Dominicana por haber apoyado la realización de videos promocionales sobre
Derechos del Niño, se insta nuevamente a los países de la Región a
participar en este proyecto.
Que
el Instituto Interamericano del Niño está produciendo una serie de
videos con el objeto de cubrir y difundir los aspectos sustantivos
relativos a los derechos de los niños y las niñas que surgen del
Articulado de la Convención, en el marco de las resoluciones del Consejo
Directivo.
POR TANTO:
El
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de Colombia (en adelante
denominado ICBF) y el
Instituto Interamericano del Niño (en adelante denominado IIN) acuerdan
el desarrollo de dos películas de aproximadamente un minuto de duración
cada una.
CLAUSULA
PRIMERA
Términos del Acuerdo
Artículo 1.
El IIN de común acuerdo con el ICBF seleccionará los Artículos
de la Convención sobre los
Derechos del Niño, a partir de los cuales se
desarrollarán las películas.
Artículo 2.
El IIN producirá las películas en español y las respectivas
versiones con subtítulos en inglés.
Artículo 3.
Las películas deberán cuidar tanto desde el punto de vista estético
como temático, los siguientes aspectos: género, diversidad de etnias y multiculturalidad.
Artículo 4.
El IIN será responsable por la letra, la música y la animación
de las películas que seguirán similar propuesta estética a la usada en
los videos ya realizados.
Artículo 5.
La interpretación de la letra será ejecutada por cantantes de
origen colombiano. Será
responsabilidad del ICBF identificar a los intérpretes
y acordar con ellos. Los intérpretes
deberán
ser de primer nivel artístico y aceptación pública como forma
de asegurar el éxito en los
demás países de la Región. Los intérpretes
trabajarán utilizando la letra y la música
proporcionadas por el IIN.
Artículo 6.
El IIN se compromete a desarrollar la producción de estas películas
antes del 30 de agosto de 2004.
Artículo 7.
El IIN entregará las películas en los siguientes formatos: 35 mm,
Betacam NTSC y VHS NTSC.
Artículo 8.
Los derechos de autor de las películas
pertenecerán en forma conjunta al IIN y al ICBF, debiendo aparecer
en la última placa los logotipos de ambas instituciones y eventualmente
el de la productora, dependiendo de los acuerdos alcanzados por el IIN.
Artículo
9. Las películas deberán ser
distribuidas por parte del IIN a todos las Instituciones encargadas de
Infancia de los países miembros del Sistema Interamericano, pudiendo éstos
incorporar además de los logotipos mencionados en el Artículo 8, el de
su propia organización.
Artículo 10.
El ICBF proporcionará al IIN la suma de $120.000.000 (ciento
veinte millones de pesos
colombianos), que serán depositados en la cuenta
de los fondos específicos, de acuerdo a los
procedimientos de la
Organización de los Estados Americanos.
CLAUSULA
SEGUNDA
Disposiciones finales
El presente Acuerdo
entrará en vigencia al ser firmado por las partes involucradas y tendrá
validez hasta que esté finalizada la producción de las películas.
Suscriben
el presente Acuerdo la Dra. Ana María Peñuela, Directora General del
ICBF encargada y el Lic. Alejandro Bonasso, Director General del IIN,
“ad-reférendum” del Consejo Directivo del Instituto Interamericano
del Niño, en la ciudad de Bogotá a los 31 días del mes de diciembre de
2003.
Por el IIN
Por el ICBF
Lic. Alejandro Bonasso
Dra. Ana María Peñuela
Director General
Directora General Encargada
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República
de Colombia
Ministerio de la Protección Social
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Oficina de Cooperación y Convenios
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BEATRIZ
LONDOÑO SOTO
ALEJANDRO BONASSO LENGUAS
Directora
General
Director General
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